Contribución para el Congreso Constitutivo de la OPN

LAS DEFINICIONES DEL CONGRESO DE FUNDACIÓN DE LA OPN.

Edgard Sánchez, Alfredo López y Andrés Lund.

 

La convocatoria pública a constituir la Organización Política Nacional (OPN)  en octubre  del año pasado  por el C  Martín Esparza (en su momento en la forma legal de agrupación política) tiene una importancia histórica que va más allá de lo “novedoso”. Las razones y el carácter  que están implícitos en la propuesta pueden llenar un vacío histórico en el sistema político mexicano y la lucha de clases en nuestro país.

La propuesta de una OPN tal y como la argumentaron y presentaron los compañeros de la dirección del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) apunta a la conquista de la independencia política de las clases trabajadoras , del proletariado, en México. Aunque en nuestro país han existido desde siempre organizaciones de izquierda  que  reivindican  un programa socialista, incluso revolucionario o proletario, no ha existido una organización propia del grueso de la clase trabajadora. La clase trabajadora, la mayoría de sus sindicatos, incluso, fueron corporativizados a un partido ajeno a sus intereses de clase, de hecho a partidos que representan el interés del capitalismo. La novedad de la propuesta de una OPN, viniendo de la lucha de los compañeros del SME, es que tiende a llenar ese vacío y se propone organizar políticamente a los trabajadores. Por eso hemos dicho de que, independientemente del nombre con que la OPN se dote, representa lo que históricamente y la experiencia de otros países reconoce como un partido de los trabajadores, un partido convocado y organizado desde los trabajadores en lucha y en función de sus intereses. Esta es la novedad verdadera, su valor y la distinción con respecto a otras experiencias incluso de oposición , donde se abre la posibilidad de que la clase trabajadora cuente con su propia organización política.

Los dirigentes del SME llegaron a la conclusión de esta propuesta después de una larga lucha contra los afanes privatizadores, pro capitalistas y de derecha  que  llevaron a la “extinción” de la Compañía de luz y Fuerza del Centro y una vez que su justo reclamo en el terreno laboral, legal,  sindical y jurídico ha conocido reiteradamente el rechazo de todas las instancias del aparato gubernamental  y estatal. Es decir al asumir estar en una confrontación no solo laboral, sindical o legal, sino en medio de una lucha política. La propuesta de OPN, en consecuencia, es un llamado a organizar a la clase trabajadora políticamente, ya no solo sindicalmente, a luchar contra un poder, la representación de una oligarquía, que como se ha visto en la lucha del SME  contra la extinción de la Compañía de Luz, está al servicio de los intereses de los capitalistas.  Si la lucha es política la conclusión es que hay que organizarse también al nivel político y en una lucha por el poder, ya no solo de resistencia y de reclamos a la autoridades, sino de lucha por el poder, para desplazar y sustituir a la oligarquía que domina el actual Estado.

Es por las consideraciones anteriores que hemos considerado la propuesta de una OPN como apuntando a crear un partido de los trabajadores, para la lucha política, es decir en lucha por el poder  y  con una perspectiva anticapitalista (lo que para nosotros querría decir una perspectiva socialista y revolucionaria).

Siendo eso lo central de la propuesta de una OPN desde la lógica de la lucha del SME, las formas legales, la organización, tácticas, el nombre y otros aspectos del programa pueden ser secundarios  si finalmente se rescata y preserva el sentido original y dinámica de la propuesta de los compañeros del SME.

Los matices, diferencias o tensiones de un proyecto en construcción

Una vez hecha pública la propuesta de la OPN se ha desarrollado durante estos meses una importante discusión sobre el contenido, los alcances, el carácter, programa y organización de este proyecto. Esto ha sido posible gracias a que la  propuesta ha sido recibida favorablemente por muchos compañeros y compañeras, más allá del SME, de militantes en otras luchas y organizaciones sociales, sindicales y políticas.  El proyecto se ha abrazado por militantes de diversas corrientes de pensamiento de la izquierda mexicana lo que refleja el éxito y potencialidades.

Nosotros como militantes de la corriente política representada por el PRT hemos también saludado y participado de los debates para definir el contenido y carácter de la OPN en construcción. De hecho, el XII Congreso Nacional del PRT celebrado en agosto del año pasado abordó el tema en su resolución titulada “Caminos en la construcción de un partido revolucionario”. Cuando Martín Esparza anunció la propuesta en octubre en el estadio Azteca igualmente emitimos un saludo a la iniciativa presentando nuestras opiniones. Cuando en diciembre empezaron a presentarse por escrito los primeros textos de constitución, todavía en la lógica de fundar una APN, el compañero Guillermo Almeyra escribió observaciones críticas compartidas completamente por nosotros. A pesar de no asistir constantemente a las reuniones de la Coordinadora provisional hemos participado en los debates y tomas de posición preparatorios de la OPN. (Los textos antes mencionados pueden consultarse en el sitio del PRT: www.prt.org.mx)

A unos días del congreso constitutivo es posible resumir ya los temas en donde todavía hay algunas diferencias, matices o tensiones sobre los que hay que resolver en ese momento. Aunque hay un acuerdo de que algunos de los temas pueden seguir discutiéndose o que sobre otros que hoy no son decisivos puede elaborarse más adelante, es importante precisar cuáles son estos temas y ver la magnitud de las posibles diferencias, qué tan insalvables son o que tanto se alejan del sentido original de la propuesta.

Los principales temas a precisar todavía hoy nos parecen son los siguientes:

1.- El carácter de la OPN y su relación con una perspectiva de liberación nacional o su definición como una propuesta anticapitalista o socialista.

2.- La posición de la OPN ante los procesos electorales en el sistema político electoral vigente y la perspectiva política ante las elecciones del 2012.

3.- El derecho de tendencia en la organización democrática de la OPN.

Intentamos a continuación ofrecer nuestras opiniones en forma resumida sobre estos temas que nos parecen decisivos para después intentar también algunas propuestas concretas en relación a  los proyectos de documentos básicos (Principios, Programa y Estatutos) sobre los que el Congreso habrá de resolver y sobre los que entendemos, en algunos casos, las comisiones correspondientes están presentando ya propuestas de enmiendas o agregados a los proyectos originales recogidos en el folleto público.

 

¿Un partido para la liberación nacional o un partido de los trabajadores anticapitalista y socialista?

 

En los primeros textos presentados como proyectos para la fundación de la OPN, que ya no fueron elaborados por los compañeros del SME, ha aparecido la propuesta de lucha por la liberación nacional como perspectiva estratégica de la OPN que remite a viejas discusiones en la izquierda.  Hubo en el pasado quien argumentó esta perspectiva como una primera etapa de lucha que se separaba históricamente de la perspectiva socialista diciendo que siendo la primera tarea lograr la liberación nacional de naciones oprimidas por el imperialismo y conseguir demandas democráticas  y antiimperialistas que no tendrían todavía un filo socialista, se hacía necesaria la alianza –y la subordinación programática- con una supuesta burguesía nacional dispuesta a enfrentarse con el imperialismo. La realidad es que la forma en que se ha desarrollado el capitalismo hace que la burguesía en México crezca subordinada y asociada con el capital extranjero y los intereses imperialistas sin que haya sectores importantes de la burguesía nacional dispuestos a oponerse y a luchar contra esos intereses. Por eso ha sido un error autolimitar la lucha del pueblo trabajador a la burguesía y su programa y la importancia y necesidad de una política independiente como la que representa formar la OPN como organización independiente del pueblo trabajador.  En México la consolidación de la oligarquía en el poder con el desarrollo del neoliberalismo en las últimas décadas muestra claramente la interrelación entre los intereses del imperialismo y esa oligarquía contra lo que hoy luchamos.

Después de una intensa discusión y aclaraciones y precisiones durante estos meses,  los compañeros que inicialmente plantearon la perspectiva de liberación nacional como estratégica argumentan que no sostienen la idea de dos etapas de lucha históricamente separadas, ni pretenden limitar la perspectiva de lucha solamente contra el neoliberalismo, porque consideran que el neoliberalismo es la forma que toma hoy el capitalismo, y que tampoco proponen una alianza subordinada con algún sector de la burguesía. Si esto es así y puede precisarse por escrito en los textos que se votarán en el Congreso parecería que, gracias a la discusión, las diferencias se han reducido y las posiciones se acercan.

  De ser así convendrá todavía precisar que si bien es cierto que el capitalismo en la actualidad toma la forma, el modelo y las recetas del neoliberalismo, la oposición al neoliberalismo no es necesariamente anticapitalismo. De hecho, es obvio que existen corrientes políticas que se asumen como antineoliberales, sin ser anticapitalistas y que piensan, ilusoriamente, que es posible “humanizar” al capitalismo. La nueva oligarquía que ha surgido cobijada con el neoliberalismo, con métodos mafiosos, de rapiña y violencia, de hecho ha desplazado del poder a otros sectores burgueses, lo que es la base objetiva para posiciones que sufriendo las consecuencias del neoliberalismo, añoran la fase anterior del capitalismo, marcada por el llamado Estado benefactor, la política estatista pero también por el corporativismo, la demagogia populista y la antidemocracia. En ciertas luchas seguramente coincidiremos en la lucha contra aspectos del neoliberalismo con corrientes o sectores de la burguesía desplazados por la oligarquía, pero eso no nos obliga a limitar nuestra perspectiva a la lucha contra el neoliberalismo, como ellos, sino a mantener nuestra propuesta como anticapitalista, precisamente porque sabemos que la realidad actual del capitalismo  es neoliberal.

Parece que en este debate en el seno de la OPN hay una confusión entre las tareas de la lucha contra la oligarquía y el sistema, por un lado y por el otro sobre el carácter de la nueva organización partidaria que estamos construyendo.

Es cierto que los gobiernos entreguistas de la oligarquía hacen vigente el antimperialismo, y la defensa de la soberanía nacional (la lucha contra el TLC, la privatización a favor de empresas imperialistas, el Plan Mérida y la “guerra contra el narcotráfico” de FECAL, la presencia de agentes y policías extranjeros, la defensa del petróleo, son algunos ejemplos de esta vigencia y necesidad) y que ello puede permitir en diversos momentos coincidencia en la lucha con otros sectores sociales porque ciertamente el neoliberalismo trabaja para una estrecha minoría y golpea también a sectores del empresariado y la burguesía. Pero eventuales frentes o coincidencias en la lucha contra el neoliberalismo, no eliminan la necesidad de la organizacion independiente de los trabajadores. Por eso decimos que la OPN es la organización, el partido, de los trabajadores. En la lucha podemos hacer frente con otros sectores sociales.  Pero esos sectores no están en el partido de los trabajadores, ni el programa de éste se autolimita como si fuera un partido pluriclasista. No es el partido de la liberación nacional que implica un programa pluriclasista, aunque sea antimperialista, sino que es un partido de los trabajadores, con una perspectiva anticapitalista, aunque en la lucha inmediata pueda coincidir con otros sectores que son solamente antineoliberales. Por eso distinguimos tareas antiimperialistas que pueden ser coincidentes con otros, de lo que es el carácter de un partido propio de los trabajadores.  Esa es la “novedad” de la propuesta del SME: una organización propia de los trabajadores. No se trata de repetir la experiencia de otros partidos que se dicen de izquierda pero cuyo programa es solamente antineoliberal o incluso con rasgos antiimperialistas o de una cierta visión de liberación nacional que proviene del nacionalismo revolucionario que reivindicaba el viejo priísmo y el cardenismo. Insistimos: lo nuevo de la propuesta del SME es una organización político partidaria propia de los trabajadores surgida de la lucha del SME contra la política neoliberal de la oligarquía en el poder en beneficio de una minoría capitalista, es decir de una lucha  anticapitalista.                   

Algunos compañeros en la discusión estos meses insistieron correctamente en criticar que en las propuestas del programa hubiera tantos guiños a sectores empresariales, como si quisiéramos representar su programa e intereses. Aunque es obvio que no habrá sectores del empresariado medio o de la burguesía desplazada que tenga interés en militar en la OPN, la obsesión de incluir en el programa de un partido de los trabajadores esos guiños al empresariado o el decir que se es de izquierda, pero no incluir en el programa ninguna definición anticapitalista, es una equivocada labor de autolimitación que aunque no atraerá a la burguesía, actúa como en espera de ella, como guardándole un lugar por si acaso, saludando a la sombra de la burguesía, ante su ausencia,  con concesiones en el programa y la definición de la organización partidaria. En esa lógica se piensa más atractivo definirse como partido para la liberación nacional en vez de un partido anticapitalista de los trabajadores para la lucha por el socialismo (aunque deba acometer tareas antiimperialistas).

Frecuentemente se dice que no queremos un nuevo PRD, pero si nos quedáramos en definir a la OPN como partido antineoliberal o de liberación nacional, nos mantendríamos en el mismo horizonte estratégico. Hay que reivindicar el sentido original de la propuesta de los compañeros del SME. Y eso no quiere decir no hacer frente con otros que pueden coincidir con posiciones antineoliberales, aunque no sean anticapitalistas. Por ejemplo, en el pasado, en la lucha contra la privatización de la industria eléctrica, el SME consiguió el apoyo de personajes como Manuel Bartlett. Eso fue correcto y ayudó a la lucha del SME. Eso no quiere decir que en la nueva OPN personajes como Bartlett serán camaradas en este mismo partido. O en la lucha en defensa del petróleo pudimos coincidir con AMLO o seguramente en otros terrenos de lucha contra la oligarquía, lo que él llama “La Mafia”, pero eso no quiere decir que hay ilusiones de que será militante de la nueva organización política de los trabajadores que es la OPN. No necesitamos hacer concesiones en el programa que nadie nos pide, como si le guardáramos la silla o cuidáramos la sombra de sectores sociales que no son representativos de la clase trabajadora que de todos modos no vendrán a este partido. Partidos pluriclasistas, antineoliberales, ya ha habido varios y su fracaso se ha hecho evidente. La propuesta del SME es diferente, reivindiquémosla.

    

 

 

 

 

Un programa con el socialismo como horizonte estratégico

 

 El documento carece de verdaderas propuestas estratégicas. Ni siquiera se plantea, en esos términos, el horizonte estratégico de la lucha por el socialismo, que es mencionado, pero sin ninguna articulación con demandas o propuestas políticas.

 

Es por eso que, extrañamente, en una propuesta de organización de la izquierda mexicana que se pretende más allá del liberalismo “progresista” o de la socialdemocracia, lo que se puede definir como anti-capitalista e incluso socialista, no se encuentre el horizonte estratégico revolucionario. Por eso no está no por ningún lado la idea de transformar el mundo, cambiar de raíz el sistema capitalista, darle vuelta al mundo enajenado del Capital, es decir, la revolución.

 

Sin embargo, una verdadera izquierda anti-capitalista y socialista es, necesariamente, revolucionaria. Su horizonte último es impulsar una revolución permanente que no cese hasta que se haya erradicado a nivel mundial la enajenación capitalista, hasta que haya construido una sociedad mundial sin explotación, igualitaria y justa, democrática, que permita el libre despliegue de las capacidades humanas.

 

Por eso, la izquierda anti-capitalista no puede quedarse en el “anti”, debe tener un horizonte (estratégico) que oriente sus acciones: ese horizonte debe ser el socialismo.

 

-¿Cómo pensamos ese horizonte estratégico socialista? ¿Qué socialismo defendemos?

 

-Un socialismo democrático, porque los socialistas somos democratizadores, demócratas radicales, portadores del reclamo democrático. Si la democracia es el “gobierno del pueblo, por el pueblo, para el pueblo” sabemos que la democracia verdadera requiere igualdad auténtica (no meramente formal) y libertad. Por eso, nuestra exigencia de democracia rechaza toda forma de explotación, opresión, dominio autoritario, patriarcalismo, que generan desigualdades reales; si no hay igualdad material, si no hay libertad, no hay, no puede haber, democracia. Esa democracia en la esfera de los asuntos públicos, además, debe extenderse en todas las instituciones sociales: el trabajo, la escuela, los hogares, etc. Este socialismo democrático es, también, obligadamente, anti-burocrático y autogestivo. Socialismo no es mera estatización, poder vertical de un aparato burocrático, eliminación de disidencias, partido único, etc.

 

-Un socialismo radical y frontalmente anti-capitalista, que busca terminar con esa fuerza enajenada y enajenante que es el Capital: una fuerza enajenante que esclaviza a los seres humanos, devasta a la naturaleza y ha provocado la actual crisis civilizatoria que vivimos; un capitalismo que sólo incrementa de manera alarmante la miseria material como la espiritual y la ecológica mientras privatiza, mercantiliza y somete a la racionalidad instrumental todo. El socialismo empieza, entonces, con la defensa del bien común y el servicio público gratuito, con la imposición de una racionalidad democrática, ecológica y humanizadora que termine con el dominio de la lógica enajenada del Capital.

 

-Por eso, los socialistas no sólo somos anti-neoliberales, somos anticapitalistas: nos proponemos terminar con el Capital como dominio de la Cosa sobre el ser humano, queremos dar fin a un sistema inhumano y deshumanizador; por ello buscamos controlar democráticamente las fuerzas económicas y ponerlas al servicio del ser humano, para el desarrollo de sus potencialidades humanas y el disfrute de la vida.

 

-Los socialistas no buscamos humanizar al capitalismo ni reformarlo, tenemos como objetivo eliminar la propiedad privada de los grandes Medios de Producción y Distribución de la riqueza social para terminar de esa manera con la explotación y socializar las riquezas, creando un mundo más justo e igualitario. Los Socialistas no asumimos el productivismo capitalista ni creemos que la solución a las crisis del mundo contemporáneo vendrá del crecimiento económico.

 

-Los socialistas luchamos por una sociedad humana, regida por el bien común y el servicio público, con una planificación democrática que termine con la miseria material, detenga la devastación ecológica y procure un crecimiento humano que respete la dignidad y la diversidad humana.

 

-Los socialistas queremos terminar con el Capital para introducir una nueva relación con la naturaleza, un Ecosocialismo que reconcilie al ser humano consigo mismo y con la naturaleza. Los socialistas queremos una existencia digna para todos que recupere el sentido del trabajo, que permita enriquecer la vida cotidiana con tiempo libre para disfrutar la vida y desarrollarse como ser humano, que termine con todas las formas de opresión ancestrales. Por eso, contra el patriarcalismo, nuestro socialismo es feminista; contra el racismo nuestro socialismo proclama la igualdad y dignidad de todos; contra formas de servidumbre, esclavitud o autoritarismo, nuestro socialismo se indigna y se pone del lado de los Otros negados. Los socialistas nos proponemos transformar al mundo y cambiar la vida, por eso queremos una revolución radical, humanista, que trascienda al capitalismo para controlar nuestras creaciones enajenadas y permitir que todos cubran sus necesidades humanas, disfruten la existencia y desarrollen sus potencialidades humanas.

 

Políticas de izquierda

 

A partir de ese horizonte estratégico socialista y revolucionario, se pueden trazar diversas políticas de izquierda, tales como:

 

-Impulsar una política emancipadora, que reúna diversos movimientos y sectores sociales articulando un nuevo Bloque Histórico clasista que promueva tanto una “guerra de posiciones” como un “guerra de movimientos” –“guerras” políticas, económicas, culturales, educativas- en la sociedad civil y en el Estado.

 

-Promover la articulación de demandas inmediatas y anti-capitalistas en un programa de transición hacia la perspectiva socialista.

 

-Tomar partido y organizarlo para unir a los trabajadores, organizarlos políticamente, crear conciencia de la necesidad de cambios radicales; organizar un partido para coordinar luchas, politizarlas, promover movilizaciones, generar formas de poder político alternativas (consejos, asambleas, coordinadoras, etc.) en la perspectiva de un frente único y la disputa por el poder estatal.

 

-Organizarse y militar para volver las diversas crisis en una crisis política que ponga en jaque al régimen y el dominio del Capital.

 

-Ante la imposibilidad de que un régimen burgués pueda satisfacer nuestras aspiraciones de democracia, igualdad, justicia, plantear la necesidad de un gobierno de los trabajadores.

 

Las diferencias o el debate en torno a la participación electoral en el marco del actual sistema político-electoral que sobre todo tenía que ver con la posición de compañeros que consideraban de principio no participar electoralmente puede estar recientemente aclarándose. Las posiciones adoptadas en la OPN en construcción en relación al proceso electoral en Michoacán y la candidatura del compañero Jorge Cázares de la sección XVIII lo han permitido, haciendo a  un lado algunos prejuicios antielectoralistas  pero también mostrando una posición firme frente a las posiciones electoreras, sin principios  y de conciliación con la derecha hegemónicas en el PRD. Por falta de tiempo no avanzamos en este momento mas consideraciones sobre las lecciones que nos deja esta experiencia sobre lo que habrá que volver más adelante, así como la necesaria definición de la OPN frente a proceso electoral del 2012. Es mejor definir ahora una posición y no hacerlo después de la fundación de la OPN lo que podría generar tensiones y crisis o rupturas a posteriori poniendo en riesgo el proyecto. Conviene más definirlo junto con la fundación. 

 

 

Declaración de principios y Liberación Nacional

 

En todo el documento político hay ciertas ideas-fuerza en las que insiste una y otra vez -en sus consideraciones políticas, en sus principios, en su programa-, Nación y Democracia, incluso se habla de una plataforma democrático-nacional.

 

Aunque se reivindica al socialismo en algunos (breves) pasajes, el hilo rojo que recorre la plataforma política de este documento es lo nacional, lo democrático, lo popular, el horizonte de la Liberación Nacional. En ese sentido, Guillermo Almeyra afirma que “la declaración y el programa son, en la tradición mexicana, nacionalistas distribucionistas, lo que en Argentina llaman nacional-popular.” Desde las “consideraciones generales” se propone la construcción de la Organización Política para la liberación nacional:

 

“El principal objetivo de nuestra organización política es, por lo dicho, el de luchar por la liberación nacional, lo que implica la edificación de una nueva sociedad con Justicia, Democracia, Libertad e Independencia plena, económica y política”. (aparentemente en el proyecto reformado por la comisión correspondiente, este párrafo del proyecto de programa original ya fue modificado lo que obviaría nuestra observación).

 

Desde el PRT no estamos en contra, por supuesto, de las luchas de liberación nacional, a menos que se vuelvan el sustento de una “revolución por etapas” que postergue la lucha por el socialismo a una fase posterior, una vez que se cumpla la liberación nacional que supone la subordinación y alianza con una burguesía nacionalista supuestamente dispuesta a enfrentarse con el imperialismo para impulsar una revolución burguesa y el desarrollo económico nacional.

 

Desde nuestro punto de vista, una lucha consecuentemente anti-imperialista y por la democracia se vuelve, por su propia dinámica, una lucha contra el capitalismo y por el socialismo. Una revolución democrática y burguesa, por la inexistencia de una burguesía nacional progresista, se resuelve en una lucha democrática y proletaria, popular y socialista si transcurre en una dinámica orientada por un programa que una las demandas de transición entre una y otra fase.

 

La ausencia del horizonte estratégico socialista y la autolimitación a una perspectiva de liberación nacional tiene el extraño efecto de traducirse en un programa político de izquierda sin una verdadera política de izquierda.

 

¿Programa político de izquierda sin política de izquierda?

 

Los ejes fundamentales del Programa político son, en realidad, ejes de lucha, demandas, posturas políticas, compromisos y objetivos políticos. En realidad, subyace en todos ellos la lógica de la resistencia y de la exigencia al gobierno, pero no la de una política de un gobierno de los trabajadores porque, de hecho, esto último nunca se plantea. Es por eso que en los “ejes programáticos” a veces se habla de “construir”, en otras de “defender” e “impedir”.

 

El programa de una organización como la OPN no puede limitarse a una perspectiva de programa de gobierno, como si fuera una propuesta para campaña electoral, sino un programa de lucha y organización del pueblo trabajador para los objetivos estratégicos que no se limitan a demandas a reclamar a las autoridades  o a una oferta de gobierno en el marco de una campaña electoral.

 

Los ejes programáticos que plantea el documento presentado como proyecto son los siguientes:

 

1. Contra privatizaciones. 2. Economía nacionalizada al servicio del desarrollo nacional. 3. Democracia participativa y popular. 4. Relaciones exteriores de México con los principios del derecho de autodeterminación de los pueblos; etc. 5. Rechazo a los tratados de Libre Comercio. 6. Integración económica, política y cultural con nuestra región. 7. Liberar al país de la deuda externa e interna. 8. Asegurar la autosuficiencia y soberanía alimentaria. 9. Construir una planta productiva nacional capaz de garantizar los bienes de consumo y de producción, así como el impulso de la industria nacional y el desarrollo del mercado interno. 10. Sistema fiscal que grave más a los que más tienen, que proteja a los mexicanos de menores ingresos y que suprima la evasión fiscal. 11. Pueblos y comunidades indígenas disfrutarán de sus plenos derechos y una vida digna y decorosa. 12. Defensa de la gratuidad de la educación pública. 13. Por la plena vigencia jurídica y real de todos los derechos sociales que se consagran en la Constitución. 14. Impedir toda restricción a los derechos y conquistas consagrados en el artículo 123 constitucional y en la Ley Federal del Trabajo. 16. El Estado deberá ser dirigido en lo sucesivo por un bloque social distinto que esté integrado por los diversos sectores que componen la clase trabajadora del campo y la ciudad, los movimientos sociales y urbanos, los pueblos indios, profesores, intelectuales, artistas y los nuevos movimientos sociales integrados por alter mundialistas, ecologistas, los movimientos de defensa de derechos humanos, de género y diversidad sexual, estudiantes, jóvenes, braceros y migrantes, pequeños y medianos industriales. 17. Recuperación de la soberanía del pueblo a partir de un nuevo sistema de representación popular. 18. Será indispensable diseñar un nuevo sistema de impartición de justicia basado en la participación popular. 19. Democratizar los medios de comunicación masiva poniéndolos al servicio de la Nación y de las fuerzas populares. 20. Promover una cultura democrática. 21. Modificar el artículo 27 constitucional con el objetivo de establecer una política de apoyo a la producción del campo mexicano. 22. Por la plena equidad en los derechos y oportunidades para todas las mujeres, especialmente la absoluta garantía para que ellas sean las que decidan sobre sus cuerpos, sus vidas, sus destinos, frente al Estado y ante los varones de sus familias. 23. Plena vigencia de los derechos de la juventud a la educación. 24. Libertad inmediata de todos los presos políticos, la presentación con vida de los desaparecidos y la desmilitarización del país, el castigo a los responsables de las violaciones a los derechos humanos y la indemnización a los familiares de los asesinados y heridos de la supuesta lucha contra el crimen organizado. 25. Pleno respeto a los derechos humanos y laborales de los trabajadores mexicanos en Estados Unidos mediante Acuerdos Laborales específicos, y del mismo modo, a los migrantes extranjeros que transitan en nuestro territorio.

 

Como se puede apreciar, en la propuesta de programa político nunca se plantea:

 

1) Acabar con la Dictadura del Capital, es decir: terminar con la explotación, la privatización de las riquezas, bienes y servicios, la generalización de la mercantilización, del valor de cambio, del poder del dinero y de la (ir)racionalidad instrumental capitalista; nunca propone la socialización de las riquezas, el desarrollo de la autogestión productiva, la generalización del servicio público y lo gratuito, de la racionalidad democrática, ecológica y humanizadora; la defensa de lo común (los recursos naturales, el conocimiento, los bienes y servicios), del valor de uso, del cuidado de la naturaleza, del desarrollo de las potencialidades humanas;

 

2) Instituir un gobierno de los trabajadores que desde el poder estatal podría dar plena satisfacción a las “demandas” o ejes de lucha, volviéndose, más bien, políticas o directrices de gobierno.

 

Es verdad que queremos una organización política de izquierda para luchar por las demandas planteadas, pero con la consciencia de que éstas sólo podrán ser satisfechas con una nueva correlación de fuerzas, con la quiebra del régimen oligárquico y sus políticas neoliberales, con un gobierno de los trabajadores.

 

Pero además de que no plantea los ejes políticos que definen la política estratégica y emancipadora de la izquierda anti-capitalista (terminar con la Dictadura del Capital) y socialista (gobierno de los trabajadores, para iniciar un proceso permanente de  revolución hacia el socialismo), ni siquiera plantea verdaderas demandas de transición centrales, actuales y sentidas por los trabajadores. Guillermo Almeyra sugiere algunas, por ejemplo:

-recuperación del poder adquisitivo mediante un aumento masivo de salarios,

-plan inmediato y masivo de trabajo y de viviendas,

-control obrero sobre los libros empresariales y los bancos contra la corrupción y la delincuencia,

-reducción a un tercio de los ingresos de senadores, diputados y ministros,

-moratoria a la deuda externa y terminar relaciones con el FMI, etc.

 

 

Derecho de tendencia y estatutos de una organización democrática

 

 Como dijimos antes, la convocatoria del SME para construir la OPN ha tenido un primer éxito con la muy amplia respuesta favorable que ha conocido en la izquierda, más allá de las filas del propio SME. La necesidad de construir una organización con un funcionamiento ejemplarmente democrático no responde a un mero compromiso moral en abstracto, sino a una necesidad objetiva para asegurar la unidad y un funcionamiento eficaz de la nueva organización. En este necesario proyecto confluyen militantes de organizaciones y corrientes de un espectro político y orígenes muy distintos.  No se trata de una decisión tampoco corporativa, sino de conseguir la adhesión conciente de cada militante y no por disciplina a una decisión tomada de arriba. Es decir que la integración de la militancia de la OPN será necesariamente de personas críticas y o de afiliados inconcientes. En esa circunstancia, será natural la discusión y el pensamiento propio de los integrantes de la organización, como ya lo ha mostrado el periodo previo de preparación. De ninguna manera la discusión y e reconocimiento y respeto a las diferencias en nuestra organización deben ser vistos como obstáculos o sabotajes a la organización, sino como un elemento natural de la organización política de la clase trabajadora y de una organización radical en su crítica a la sociedad y los valores burgueses, entre los cuales con el neoliberalismo se ha agudizado su pretensión del “pensamiento único y la uniformidad del pensamiento y valores. Por el contrario defendemos el derecho a la diferencia, a la diversidad. ara lograrlo es necesario un funcionamiento democrático.

 

La forma de conseguir ese funcionamiento democrático y respeto a la diversidad, no puede limitarse a reconocer mayorías y minorías en cada asunto, sino también el derecho de organizarse en tendencias políticas de pensamiento y propuestas para defenderlas e intentar convencer de las mismas a los demás en una lid democrática. Y el saber que si en esta ocasión no convenciste de tu propuesta a la mayoría no implica eso  la exclusión de la organización o la supresión de tu punto de vista. Si se reconoce el derecho a la crítica y la posible autocrítica quiere decir que si en esta ocasión no convenciste de tu propuesta y mañana la propuesta mayoritaria no funcionó se puede corregir y escuchar nuevamente a la propuesta minoritaria.

 

Ahora mismo, pese a la discusión habida, se reconoce que algunos temas será necesario seguir discutiéndolos y pensándolos después de la fundación de la organización. O que algunas ideas no aceptadas ahora no implica que deban ser excluidas o los que las sostuvieron deban ser excluidos.

 

Para lo anterior es que se requiere asegurar el derecho de tendencia en la nueva organización. Una tendencia es un agrupamiento de compañeros de la organización en torno a un proyecto o propuesta políticas. Es una corriente de pensamiento político que puede ser temporal, pero que puede ser reconocido y respetado sin que sus integrantes tengan que hacerlo a escondidas, clandestinamente, lo que da lugar a  agrupamientos sin principios políticos sino sobre la base de lealtades personales a personajes o caudillos. Es mejor obligar a que una corriente de opinión se exprese abiertamente y diga a la organización que propuesta política defiende y es la razón de su agrupamiento.

Al escuchar esta propuesta en relación al derecho de tendencia, algunos compañeros de la OPN en construcción, la rechazan pensando en la experiencia de las “corrientes” en el PRD. De  nuevo se expresa la idea legítima de que la nueva organización no debe ser un nuevo PRD.  Pero siendo correcto eso de nuevo hay una confusión que arrastran sobre todo compañeros que han vivido la experiencia del PRD. Se piensa que el defecto principal del PRD  es la existencia de corrientes, de las llamadas “tribus”. En realidad el problema principal no tiene que ver con las corrientes, sino con el carecer fundacional del PRD. Las “tribus” son una consecuencia del carácter de esa organización y no la causa en sí misma de su evolución y degradación. Incluso los militantes fundadores del PRD que venían de la izquierda socialista aceptaron abandonar esa perspectiva para asumir el programa de un partido de ”la revolución democrática” que se traducía en la lucha por la alternancia en el gobierno  abrieron este curso. Si el objetivo es la alternancia en el gobierno y demostrar que una vez en el gobierno no hay inestabilidad ni crisis sino una administración honesta y valiente (aunque en la práctica no siempre fuera tan honesta)  el objetivo se transforma en conseguir mas votos y más cargos de gobierno, pero para administrar el aparato estatal y no para transformar  la realidad actual. Las “tribus” por tanto surgen para la lucha de esas candidaturas y cargos y los privilegios materiales que representan y no para ningún proyecto político de mediano plazo.

 

La otra parte de la confusión es pensar que el derecho de tendencia es para corrientes de tipo de las del PRD. Esas en realidad no son corrientes políticas, es decir corrientes de pensamiento y propuesta política, sino grupos de interés, “tribus” sin principios. No es a eso que proponemos el derecho de tendencia en la nueva organización.

 

En el caso de la inminente fundación de la OPN es aun más necesario el reconocimiento de este derecho. No solamente por el hecho objetivo de que ya han llegado y respondido favorablemente a la propuesta surgida del SME para la nueva OPN diversas corrientes políticas históricas en la izquierda mexicana, algunas por primera vez confluyendo en un proyecto partidario común. Las tendencias políticas dentro de la OPN no son una propuesta para el futuro, son una realidad existente ya en el proceso de construcción donde ya hemos confluido y trabajado juntos. Es ingenuo creer que esas corrientes históricas van a desaparecer o disolverse de  la noche a la mañana, después del fin de semana del 27 y 28 de agosto, cuando habrán demostrado que pueden trabajar juntas en un nuevo proyecto como la OPN y bajo la iniciativa y presencia de los trabajadores del SME lograr la fundación de la nueva organización.

Pero además todos somos concientes de que en el futuro inmediato le esperan a la OPN una serie de retos en un momento muy complicado y convulso. Nuevas definiciones importantes y complicadas deberán tomarse y no se puede pretender suprimir de golpe y porrazo la diversidad de pensamientos.  Incluso por los temas que de por sí dejaremos pendientes para seguir discutiendo. Nosotros mismos hemos hecho una lista de los temas que nos parecen más importantes s tomar posición en la nueva organización. Sobre alguno de ellos, algunos compañeros consideran que las posiciones discrepantes se han ido acercando y es posible llegar a un consenso . Puede ser, pero también puede ser que un “consenso” signifique un acuerdo ambiguo, parcial, pero que acerque posiciones discrepantes. Se pueden aceptar quizá algunos de esos acuerdos ambiguos para después seguir precisándolos, más allá de un acuerdo de compromiso, aun en temas tan importantes como los señalados antes como los relativos a la “liberación nacional”. Podría ser, con tal de salir adelante de la constitución de la nueva organización. Podría ser sin que fuera una claudicación de los puntos de vista de cada quien, siempre  cuando se garantice el derecho democrático de la diferencia de la diversidad de pensamiento, de derecho de tendencia. Al revés sería diferente. Sin derecho de tendencia no se ofrecen garantías a todos de un funcionamiento democrático y de respeto a la diversidad. Se exigiría así una capitulación de las ideas propias sin las condiciones para defenderlas democráticamente. Es otra forma de exclusión de la organización en construcción.

      

Seguramente ante los graves retos que tenemos por delante y la importancia y posibilidades que significa la iniciativa surgida de la lucha del SME para organizar políticamente a los trabajadores mexicanos el congreso de fundación de la OPN tendrá la inteligencia de resolver estas encrucijadas democráticamente.

 

A continuación nuestras propuestas para el tema de Estatutos:

 

ESTATUTOS

 

 

________________________

Organización Política Nacional de los Trabajadores y del Pueblo

 

 

ESTATUTOS

 

Capítulo Primero

Disposiciones generales

 

Artículo 1.- La Organización Política Nacional de los Trabajadores y del Pueblo, se constituye como una organización partidaria independiente y democrática de los trabajadores y del pueblo oprimido para contribuir y guiar sus luchas y formas de organización con el claro interés de abolir las estructuras de explotación del capitalismo nacional e imperialista. Apegandose para ello en los derechos consagrados en la Constitución Política Mexicana y las leyes que de ellas emanan.

Artículo 2.- La OPN es una organización partidaria constituida por trabajadores, obreros y campesinos, habitantes de los pueblos indios, mujeres, jóvenes, estudiantes, colonos y habitantes pobres de las ciudades, empleados y por todos aquellos ciudadanos(as) mexicanos(as), que estén de acuerdo con su programa, declaración de principios, estatutos y formas de acción política. La OPN es una organización de carácter nacional, democrática, independiente y no lucrativa, que tiene su domicilio en la sede que ocupe el Comité Central y su Consejo Político Nacional, que para el cumplimiento de sus objetivos cuenta con Coordinadoras Estatales, Municipales, en el Distrito Federal, en sus Delegaciones Políticas, así como con Comités de Base en todos los lugares y regiones dónde sus afiliados trabajen y vivan, así como con representaciones en el extranjero en los términos de los presentes Estatutos.

 

Capítulo Segundo

Del objeto, fines políticos, emblema y lema de la Agrupación

 

Artículo 3.- La OPN tiene entre sus objetivos y fines constituirse en un Partido Político Nacional al servicio de los trabajadores, del pueblo, de sus intereses históricos y presentes, en defensa de sus luchas, de sus formas de organización democráticas y por alcanzar el bien común colectivo, la igualdad social, la unión y hermandad entre los pueblos  mediante un gobierno de los trabajadores y sus aliados para desterrar todas las formas de opresión, explotación y miseria impuestas por el gran capital nacional e internacional representados políticamente por las clases dominantes y sus partidos el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN), los demás partidos aliados de estos como el PANAL, el PVEM y demás partidos u organizaciones institucionalizadas que sirven como correa de trasmisión de los intereses de la clase en el poder.

La OPN, se constituye con el objeto de coadyuvar al desarrollo de la vida democrática del país, de la cultura y educación política de los trabajadores y clases explotadas, así como a la creación de una opinión pública mejor informada, a cuyo efecto buscará impulsar espacios políticos, sociales, económicos y culturales de manera democrática, plural y abierta, en donde las distintas expresiones ciudadanas propicien la organización democrática de la sociedad y la participación plural, procurando en todo momento la plena vigencia de los derechos del pueblo mexicano a la justicia social, la democracia participativa y la soberanía nacional, con la finalidad de hacer valer los derechos de ciudadanía y de comunidad contemplados en la Constitución, así como los derechos y conquistas históricas de los trabajadores hombres y mujeres de todo el mundo.

Con su participación y fines políticos, la OPN procurará contribuir al fortalecimiento  de la organización y conciencia de los trabajadores y sus aliados, al fomento, difusión de la participación ciudadana y comunitaria, a la organización democrática y auto gestionaría de la sociedad, al impulso de la cultura política democrática y el desarrollo social integral, sin discriminación por motivo de raza, sexo o condición social y económica, promoviendo la realización de actividades y acciones de carácter político, social, económico, cultural, educativo, de recreación y deportivas vinculadas a tal objetivo.

La OPN podrá intervenir o convenir con otros institutos políticos en la participación en procesos electorales, de conformidad con lo dispuesto por sus órganos de gobierno internos, sus objetivos y fines, así  como en la normatividad establecida por las leyes electorales para tales casos.

Artículo 4.- El emblema y combinación de colores que identifican a la Agrupación está constituido con las siguientes características:

Logo y medidas: Artículo Transitorio.- Este Primer Congreso de Fundación mandata a la Dirección electa a Convocar a todo los miembros de la OPN para que hagan llegar sus propuestas de logotipo, colores y medidas, mismas que serán seleccionadas por una Comisión nombrada para tal efecto y puestas a su aprobación de los órganos de dirección de la OPN. 

El lema de la Agrupación: “Por la emancipación democrática de los trabajadores sin explotación”, expresa el sentir de las grandes mayorías de nuestro país, la liberación con democracia y el fin del estado de miseria y opulencia impuesto por el neoliberalismo capitalista.

El lema, emblema y colores de la Agrupación deberán aparecer en todo documento oficial de la misma.

 

Capítulo Tercero

De los integrantes, su afiliación y adhesión

 

Artículo 5.- La OPN se integra con trabajadores ciudadanos y ciudadanas mexicanos(as) que de manera individual, libre, voluntaria y pacífica aceptan afiliarse a ella, y cumplir individual y colectivamente los objetivos de la misma, a cuyo efecto se comprometen a observar su Declaración de Principios, Programa de Acción y los presentes Estatutos, así como a poner en práctica los acuerdos y resoluciones de sus órganos de gobierno.

Artículo 6.- Para obtener la afiliación ante la Agrupación, las personas interesadas llenarán la cédula de afiliación que para tal efecto le proporcione la Organización.

Artículo 7.- Los afiliados a la Organización lo harán participando en un Comité de Base.

Artículo 8.- La Agrupación podrá aceptar la adhesión de organizaciones ciudadanas, cuando se cumplan los siguientes requisitos:

I. Que la solicitud de adhesión se presente ante el Comité Ejecutivo Nacional, o el correspondiente Comité Directivo Estatal, Municipal, Delegacional o del Distrito Federal.

II. Que a la cédula de adhesión se le acompañe copia de las bases constitutivas de la organización de que se trate, acta de asamblea en que conste el compromiso de adhesión y copia de las cédulas individuales de afiliación de sus integrantes.

III. Que se agregue carta compromiso de asumir como propios los Documentos Básicos (Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos) de la Agrupación.

IV. Una vez que esto ocurra las organizaciones adheridas, en tanto integrantes, se disolverán dentro de la Agrupación, integrándose a los comités de base, municipales, delegacionales, estatales y nacionales que les correspondan.

Cumplidos los anteriores requisitos, el Comité Ejecutivo Nacional o el correspondiente Comité Directivo Estatal, Municipal, Delegacional o del Distrito Federal, le hará entrega al representante de la organización adherente su constancia de adhesión y registro correspondiente.

V. Las Organizaciones adheridas podrán actuar externamente como tales, dentro del movimiento, o en su objeto de trabajo, de acción o representación sin comprometer los principios, programas y plan de acción de la OPN, sino únicamente en base a su independencia de clase y organizativa de carácter social.  

 

Capítulo Cuarto

De los derechos y obligaciones de los miembros y afiliados

 

Artículo 9.- Todas los integrantes de la Agrupación tienen derecho a:

I. Participar individualmente, o por medio de delegados en los términos de los presentes Estatutos, con voz y voto, en todo tipo de congresos, asambleas y convenciones convocadas por la Organización.  

II. Ser candidatos a cargos de dirigencia dentro de la Organización y precandidatos a cargos de elección popular constitucional, en los términos de la legislación electoral, cuando cumpla con los requisitos de la convocatoria respectiva.

III. Obtener su credencial que los identifique como militante de la Organización.

IV. Expresar abiertamente sus opiniones y puntos de vista dentro de la OPN, sea de manera individual o colectiva, pudiendo organizarse en Corrientes de Opinión Interna, para lo cual:

a)    El Comité Ejecutivo Nacional dará las mismas facilidades a todos los miembros para que sus puntos de vista se expresen y circulen en los períodos pre Congresos y Asambleas Nacionales para lo cual publicará un Boletín de Discusión que hará llegar a todos los organismos de la OPN.

b)    Los compañeros afiliados con puntos de vista distintos a los expresados en los documentos o proyectos de resolución acordados por las instancias de dirección de la OPN, tendrán la oportunidad de expresar sus opiniones y propuestas directamente en los Congresos, Asambleas y reuniones que se realicen para abordar y resolver sobre dichos temas.

c)    Las Corrientes de Opinión que sobre aspectos generales de la discusión interna o sobre temas generales de la vida política, económica y social, deseen organizarse fuera de los períodos pre Congresos para dar a conocer sus puntos de vista, sus alternativas, así como opinar de la acción de los trabajadores de la ciudad y el campo, de sus organizaciones, movilizaciones  o sobre iniciativas específicas, podrán hacerlo en al interior de la OPN mediante sus propios medios y recursos. Para lo cual informaran de ello al Comité Ejecutivo Nacional y darán a conocer a sus representantes de dicha Corriente de Opinión.

d)    Los militantes y Corrientes de Opinión que sobre asuntos de la Agenda de un Congreso o Asamblea Nacional hayan expresado sus puntos de vista y propuestas se comprometerán a respetar las decisiones tomadas democráticamente por los órganos de gobierno de la OPN y a llevarlas a la práctica, siempre que sean acordes con la Declaración de Principios, el Programa, los estatutos y el Plan de Acción de la OPN.

e)    Las Corrientes de Opinión que tengan una expresión o carácter nacional durante los Congresos, Asambleas Nacionales  o posterior a ellos podrán nombrar representantes a los Órganos de Dirección Nacional, siempre y cuándo se respeten las decisiones mayoritarias y de esa manera mayorías y minorías mantengan la unidad de toda la Organización Política Nacional y de sus Órganos de gobierno interno.

f)      Cerrados los períodos de discusión pre Congresos y Asambleas Nacionales y tomadas las resoluciones por las instancias de gobierno de la Organización todos los militantes, así como las Corrientes de Opinión, se disolverán para mantener la Unidad de Acción de toda la OPN.      

Contar con un expediente personal que acredite su militancia y desarrollo político en la OPN, para efectos de promoción y representación política.

V. Participar en un Comité de Base de la Entidad federativa dónde vivan, no pudiendo pertenecer en dos Comités al mismo tiempo

VI. Participar en las actividades y eventos organizados por la OPN.

VII. Ser defendidas con todos los medios a disposición de la Organización, cuando el ejercicio del poder público o privado viole sus derechos inherentes a la dignidad humana y frente a violaciones en sus derechos estatutarios cometidas por otras personas afiliadas a la Agrupación.

VIII. Acceder oportunamente a la información, documentación y convocatorias de la OPN, necesarias para el ejercicio de sus derechos de militante.

IX. Ser escuchados en audiencia pública, al interior de la Organización, en la que se reciban las pruebas que ofrezca en su defensa antes de que se le imponga sanción alguna por el presunto incumplimiento de sus obligaciones estatutarias.

X. Separarse libremente de la OPN, manifestándolo por escrito al Comité Ejecutivo Nacional.

XI. Los demás que le confieren los presentes Estatutos.

 

Artículo 10.- Todas las personas integrantes de la Agrupación tienen las siguientes obligaciones:

I. Coadyuvar a la realización del objeto y fines de la Agrupación.

II. Cumplir con los presentes Estatutos y documentos básicos de la

Agrupación.

III. Respetar el ejercicio de los derechos de todas las personas afiliadas a la Agrupación que se establecen en los presentes Estatutos.

IV. Respetar y apoyar las postulaciones de las candidaturas de la Agrupación a los puestos de elección popular, en los términos de la legislación electoral, realizadas democráticamente conforme a estos Estatutos.

V. Cumplir con los acuerdos y desempeñar las comisiones que le sean conferidas por la Agrupación.

VI. Fomentar la unidad y el respeto entre los integrantes de la Agrupación, cualesquiera que sea su nivel de responsabilidad o función.

VII. Sostener económicamente a la Organización, cubriendo las aportaciones económicas que determinen los órganos de gobierno internos.

VIII. Las demás que determinen los presentes Estatutos.

 

Capítulo Quinto

De los órganos de gobierno y dirección

 

Artículo 11.- Son órganos de gobierno de la Agrupación:

I. El Congreso Nacional.

II. La Asamblea Nacional. 

III. Las Asambleas Estatales y del Distrito Federal.

IV. Las Asambleas Municipales y Delegacionales en el caso del Distrito

Federal.

V. Las Asambleas de los Comités de Base.

 

Artículo 12.- Son órganos de dirección de la OPN:

I. El Comité Ejecutivo Nacional, que es el Representante Nacional de la

Agrupación.

II. La Dirección Política Nacional Colectiva.

III. Los Comités Directivos Estatales y del Distrito Federal.

IV. Los Comités Directivos Municipales y Delegacionales en el caso del Distrito

Federal.

En la toma de decisiones de los órganos de dirección se adoptará la regla de mayoría como criterio básico, procurando previamente la unidad y el consenso, así como el respeto a los puntos de vista distintos y a las Corrientes de Opinión representadas en las mismas instancias de Dirección.  

Artículo 13.- El Congreso Nacional es el órgano supremo de la OPN y se integra por:

I. Los y las integrantes del Asamblea Nacional.

II. Las Delegaciones de los Comités Directivos Estatales con el número  de integrantes que se precise en la convocatoria respectiva.

III. Todos los demás integrantes de la Organización o las Delegaciones que acuerde la Asamblea  Nacional y se precisen en la convocatoria respectiva.

Para los efectos a que se refieren las fracciones anteriores, se procurará la representación proporcional e igualitaria de compañeras y compañeros militantes de la Agrupación que merezcan este reconocimiento.

 

Artículo 14.- La Congreso Nacional se reunirá cada tres años, o antes, con carácter extraordinario, si la Asamblea Nacional así lo estima conveniente. La Asamblea Nacional extraordinaria sólo conocerá de los temas para los que sea convocada.

El Congreso Nacional Ordinario deberá convocarse por el Comité Ejecutivo Nacional con un mínimo de dos meses de anticipación a la fecha de su realización, en tanto que la de carácter extraordinario podrá convocarse hasta con un mes de anticipación. La convocatoria deberá incluir el orden del día respectivo, así como los proyectos de documentos que serán aprobados por los delegados.  

Para que el Congreso Nacional pueda sesionar y adoptar acuerdos legalmente, se requiere la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes en primera convocatoria, o en segunda convocatoria con al menos un tercio de los integrantes. Sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos y tendrán fuerza obligatoria para todos los y las militantes de la OPN, incluidos los disidentes o ausentes.

Se requiere de al menos dos tercios de los miembros de los órganos de dirección nacional para convocar a los Congresos extraordinarios o hacer valer el derecho a recibir información respecto de las finanzas de la Organización.

 

Las convocatorias deberán ser publicadas al menos en el sitio en la red de la Agrupación y en las oficinas que ocupen los Órganos de Dirección Nacional, Estatal, Municipal, Distrital o Delegacional.

 

Artículo 15.- Son atribuciones del Congreso Nacional:

I. Resolver sobre la aprobación, abrogación, derogación, reforma o adición de la Declaración de Principios, Estatutos y Programa de Acción de la OPN.

II. Elegir al Comité Ejecutivo Nacional la Dirección Política Nacional Colectiva, la Presidencia y la Secretaria General.

III. Conocer y aprobar, en su caso, otros asuntos que le sean sometidos de acuerdo con la correspondiente convocatoria.

 

La Presidencia y la Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional lo serán simultáneamente del Congreso Nacional. Los acuerdos del Congreso Nacional se adoptarán por mayoría simple y tendrán fuerza obligatoria para los y las integrantes de la OPN.

 

Artículo 16.- La Asamblea Nacional es el órgano colegiado de gobierno de la Agrupación, y se integra por:

I. La Dirección Política Colectiva Nacional

II. El Comité Ejecutivo Nacional

III. Los Comités Directivos Estatales y del Distrito Federal.

 

Artículo 17.- La Mesa Directiva de la Asamblea Nacional está integrada por: 

I. La Presidencia, cuyo titular ocupa la Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional.

II. Una Secretaria, cuyo titular ocupa la Secretaría General del Comité Ejecutivo

Nacional.

III. Una Secretaria Técnica, cuyo titular será designado(a) por el Comité Ejecutivo Nacional.  

 

Artículo 18.- La Asamblea Nacional sesionará en reuniones de carácter ordinario cada año, debiendo ser convocadas con al menos un mes de anticipación, o de manera extraordinaria cuando lo estime conveniente el Comité Ejecutivo Nacional, debiendo convocarse con quince días de anticipación cuando menos y para tratar exclusivamente los asuntos que la motivaron.

Para que la Asamblea Nacional pueda sesionar y adoptar acuerdos legalmente, se requiere la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes en primera convocatoria, o en segunda convocatoria con los que se encuentren presentes. Sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos y tendrán fuerza obligatoria para todos los y las militantes de la OPN, incluidas las personas disidentes o ausentes.

 

Artículo 19.- La Asamblea Nacional elegirá, de entre sus integrantes, a las personas que conformarán  las siguientes Comisiones Nacionales: Electoral, de Financiamiento y de Vigilancia, las cuales se conformarán con quince personas la primera y por cinco personas las otra dos. Las decisiones de las Comisiones Nacionales Electoral, de Financiamiento y de Vigilancia se tomarán por mayoría simple, debiendo estar presentes, para su validez, cuando menos la mitad más uno de sus integrantes. Sus determinaciones deberán estar debidamente motivadas.

La Comisión Nacional Electoral tendrá a su cargo la coordinación de los procesos de elección de la Dirección Política Nacional Colectiva, la Presidencia, la Secretaría General y del Comité Ejecutivo Nacional.

La Comisión Nacional de Financiamiento impulsará una estrategia para recabar fondos para atender las tareas de la OPN y establecerá los mecanismos para el debido registro y manejo transparente de los recursos.

La Comisión Nacional de Vigilancia conocerá y resolverá sobre las irregularidades y violaciones a los Estatutos, cometidas por directivos(as) o militantes de la Agrupación.

 

Artículo 20.- Es competencia de la Asamblea Nacional:

I. Conocer y aprobar, en su caso, el Programa Anual de Trabajo del Comité

Ejecutivo Nacional.

II. Conocer y aprobar, en su caso, el Informe Anual presentado por el Comité Ejecutivo Nacional.

III. Aprobar la expedición de las convocatorias al Congreso Nacional de la OPN.

IV. Formular y presentar propuestas sobre reformas a los Documentos Básicos de la Agrupación.

V. Conocer y resolver sobre las solicitudes de licencia para ausentarse temporalmente o la renuncia presentada por la Presidencia, la Secretaria General o miembros del Comité Ejecutivo Nacional de la Organización. 

VI. Designar a la Presidencia y, en su caso, a la Secretaría General Interina, así como a los miembros ausentes del Comité Ejecutivo Nacional de la OPN.

VII. Los demás asuntos que deriven de los presentes Estatutos o que en su caso disponga la Asamblea Nacional.

 

Artículo 21.- El Comité Ejecutivo Nacional está integrado por:

I. Una Presidencia

II. Una Secretaría General

III. Y las Comisiones Nacionales requeridas para el cumplimiento de los objetivos, fines y plan de acción de la OPN.

 

Artículo 22.- Son atribuciones de la Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional:

I. Representar a la Organización ante todos los integrantes de la OPN, así como ante otras organizaciones políticas, sindicales, campesinas, sociales y todo tipo de autoridades e instituciones sea en el ámbito nacional e internacional.

II. Presidir el Congreso Nacional, la Asamblea Nacional, la Dirección Política Nacional Colectiva.

III. Convocar a la Asamblea Nacional en sesión ordinaria, o cuando lo considere conveniente con carácter extraordinario por acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional.

IV. Proponer a la Asamblea Nacional los programas, estrategias o actividades que coadyuven al mejor funcionamiento de la OPN.

V. Vigilar que la administración y aplicación de los recursos de que disponga la OPN, se realice de acuerdo con la normatividad aplicable y en atención a los objetivos para los cuales se autorizaron.

VI. Suscribir conjuntamente con la Secretaría General, las credenciales que acrediten a los y las militantes y dirigentes de la Organización.

VII. Las demás que deriven de estos Estatutos y sus Reglamentos, las leyes aplicables, así como las que le sean conferidas por acuerdo del Congreso y la Asamblea Nacional.

 

Artículo 23.- Son atribuciones de la Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional:

I. Coordinar la participación de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional, y militantes a nivel nacional, en el desarrollo de los planes y programas de la Agrupación.

II. Fungir como Secretario(a) de la Asamblea Nacional y de la Dirección Política Nacional Colectiva.

III. Elaborar los proyectos de convocatorias y programas respectivos para la realización del Congreso, la Asamblea Nacional, el Comité Ejecutivo  y de la Dirección Política Nacional Colectiva, sometiéndolos a del Comité Ejecutivo Nacional.

IV. Levantar las actas de las sesiones del Congreso Nacional, de la Asamblea Nacional y del Comité Ejecutivo Nacional, suscribiéndolas conjuntamente con la Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional.

V. Suplir en ausencia temporal a la Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional.

VI. Comunicar y observar el debido cumplimiento de los acuerdos del Congreso, la Asamblea Nacional y del Comité Ejecutivo Nacional.

VII. Establecer un modelo de evaluación de los programas y actividades de cada una de las Comisiones y de los Comités Directivos Estatales.

VIII. Llevar el registro actualizado de los integrantes del Congreso Nacional, de la Asamblea Nacional y los Comités Directivos.

IX. Atender las solicitudes de adhesión de las organizaciones sociales que manifiesten su interés al respecto, de conformidad con lo dispuesto en los presentes Estatutos.

X. Suscribir conjuntamente con la Presidencia, las credenciales que acrediten a los y las militantes y dirigentes de la OPN.

XI. Elaborar los programas y diseñar el apoyo logístico de eventos de la OPN.

XII. Las demás que le confieran los presentes Estatutos y aquellas que le asigne expresamente la Presidencia, el Comité Ejecutivo Nacional y la Dirección Política Nacional Colectiva.

Artículo 24.- La Dirección Política Nacional Colectiva es el órgano colectivo responsable de la Orientación y Acción Política de la OPN

[y su integración se hará cuidando en todo momento la gobernabilidad de la agrupación y su carácter plural en que convergen, desde su fundación, varias tradiciones de lucha, que enriquecen nuestra vida democrática y visión colectiva].

Es competencia de la Dirección Política Nacional Colectiva:

I.               Analizar la situación política, económica y social del país, así como el panorama internacional para proponer y orientar la actividad de toda la OPN. Y someter a consideración de todos los Órganos de gobierno interno y de la militancia las estrategias y tácticas a seguir.

II.              Organizar reuniones nacionales por rama o sector de producción o por el sector de actividad de sus militantes afiliados, con el objeto de educar, precisar y organizar la acción política de sus miembros. Para tal efecto pondrá a consideración del Comité Ejecutivo Nacional los documentos y convocatoria correspondientes para su aprobación.

III.            Elaborar y presentar al Comité Ejecutivo Nacional los Proyectos de Resolución de los temas de la agenda y orden del día de los Congresos Nacionales y Asambleas Nacionales de la OPN, para su publicación y difusión en los Boletines de Discusión Interna que para tal fin se circulen.

 

Artículo 25.- La Dirección Política Nacional Colectiva se reúne por lo menos una vez al mes, y de manera extraordinaria cuando la convoque la Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional.

Para que pueda sesionar y adoptar acuerdos, se requiere la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes.

 

Artículo 26.- Las atribuciones de la Dirección Política Nacional Colectiva son las de examinar todas las cuestiones relativas a las actividades políticas de la agrupación y tomar las decisiones pertinentes. Sus acuerdos serán por consenso y, de manera excepcional, por votación de mayoría simple.

 

Capítulo Sexto

De la estructura directiva estatal y municipal

 

Artículo 27.- La Asamblea Estatal o del Distrito Federal es el órgano superior de la OPN en cada entidad federativa.

 

Artículo 28.- Es competencia del la Asamblea Estatal o del Distrito Federal:

I. Conocer y aprobar, en su caso, los asuntos que le sean sometidos conforme a la convocatoria correspondiente.

II. Elegir la Presidencia del Comité Directivo Estatal o del Distrito Federal.

III. Conocer y aprobar, en su caso, el Programa Anual de Trabajo que le presente el Comité Directivo Estatal o del Distrito Federal, en su caso.

IV. Conocer y aprobar, en su caso, el Informe Anual de Trabajo que presente la Presidencia del Comité Directivo Estatal o del Distrito Federal, en su caso.

V. Los demás que deriven de los presentes Estatutos.

 

Artículo 29.- La Asamblea Estatal o del Distrito Federal podrá sesionar legalmente con mayoría simple de delegados(as), y se reunirá cada año, o antes con carácter extraordinario, si el Pleno Estatal o del Distrito Federal lo estima conveniente. La convocatoria a sesión ordinaria deberá darse a conocer con seis meses de anticipación, cuando menos, y con un mes, cuando menos, si se tratara de sesión extraordinaria.

 

Artículo 30.- La Asamblea Estatal o del Distrito Federal se integra por:

I. Todas las personas afiliadas y adheridas en la Entidad o del Distrito Federal.

II. Las Presidencias de los Comités Directivos Municipales o Delegacionales en el Distrito Federal.

 

Artículo 31.- El Comité Directivo Estatal o del Distrito Federal se integra por una estructura orgánica similar a la nacional o conforme a las necesidades concretas locales, y estará conformada, al menos, con los siguientes cargos directivos:

I. Una Presidencia.

II. Una Secretaría General.

III. Una Comisión de Organización Estatal o del Distrito Federal.

IV. Una Comisión de Finanzas

 

Artículo 32.- La competencia del Comité Directivo Estatal o del Distrito Federal y de los titulares de la Presidencia y Secretarías que lo integran, será equivalente, en el ámbito de cada Entidad o del Distrito Federal, a la que corresponde a los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional, o conforme a los requerimientos concretos locales.

 

Artículo 33.- Los órganos de gobierno y estructura directiva de la OPN en los Municipios de cada Estado y en las Delegaciones del Distrito Federal, en lo procedente, serán similares en integración y competencia a lo previsto para cada Entidad o el Distrito Federal. 

 

Capítulo Séptimo

De la elección de dirigentes

 

Artículo 34.- Para ser dirigente de la Agrupación se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

I. Ser militante de la Agrupación.

II. Acreditar una antigüedad mínima en la Agrupación de:

A. dos años para la Presidencia, la Secretaría General y el Comité Ejecutivo Nacional.

B. Un años para la Presidencia y Secretaría General del Comité Directivo Estatal o del Distrito Federal.

C. Un año para la Presidencia y Secretaría General del Comité Directivo Municipal o Delegacional en el Distrito Federal.

I.               Tener residencia de cuando menos cinco años en territorio nacional anteriores a la elección de la Presidencia, la Secretaría General y el Comité Ejecutivo Nacional,

II.               Tener cuando menos tres años en la Entidad o el Distrito Federal anteriores a la elección del Presidente y Secretario General del Comité Directivo Estatal o del Distrito Federal, y

III.            Tener cuando menos dos años anteriores a la elección de Presidente y Secretario General del Comité Directivo Municipal o Delegacional.

 

Artículo 35.- El proceso de elección del Presidente, Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional de la OPN se realizará democráticamente y por mayoría simple, en el lugar y fecha que determine la convocatoria respectiva. 

Ningún integrante de la Organización podrá ejercer dos o más cargos simultáneamente.

 

Artículo 36.- La Presidencia, la Secretaría General y los miembros del Comité Ejecutivo Nacional durarán en su cargo dos años y en caso de acceder a cargos de elección popular habrán de dejar sus cargos de dirección dentro de la OPN.

 

Artículo 37.- Las etapas que comprende el proceso de elección son:

Emisión y publicación de la convocatoria

I. Registro de candidaturas.

II. Recepción de la votación.

III. Escrutinio y cómputo.

IV. Declaración de resultados.

V. Toma de protesta

 

Artículo 38.- Al declararse electas la Presidencia, la Secretaría General y el Comité Ejecutivo Nacional, la Presidencia del Congreso Nacional les tomará la Protesta en los términos siguientes:

- Presidencia del Congreso: “¿Protestan ustedes cumplir y hacer cumplir la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos de la Organización Política Nacional, desempeñando el cargo que se les confiere con alto sentido de responsabilidad, honestidad y sacrificio cuidando siempre de ejercerlo al servicio de las causas más justas de la clase trabajadora, para bien de México y de la Organización?”

- La Presidencia, la Secretaria General y los miembros del Comité Ejecutivo Nacional electos:

“Sí protesto”.

- Presidencia del Congreso:

“Si así lo hicieran, que los trabajadores y la Organización Política Nacional se los reconozcan y en caso contrario que se los demanden".

 

Artículo 39.- La Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional de la OPN, una vez electo(a), está investido(a) con la representación legal de la Organización ante sus miembros, ante otras agrupaciones y ante toda autoridad o institución pública o privada.

 

Artículo 40.- La Comisión Nacional de Vigilancia conocerá y resolverá respecto de las impugnaciones al proceso de elección del Presidente y del Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional, por violaciones al procedimiento.

 

Artículo 41.- Las Presidencias de los Comités Directivos Estatales o del Distrito Federal serán electos por la Asamblea Estatal o del Distrito federal, respectivamente, y durarán en su cargo dos años.

 

Artículo 42.- Las Presidencias de los Comités Directivos Municipales o Delegacionales en el caso del Distrito Federal serán electos por la Asamblea Municipal o Delegacional en el caso del Distrito federal, respectivamente, y durarán en su cargo dos años.

 

Artículo 43.- El proceso de elección de las Presidencias, así como de los Comités Directivos Estatales, del Distrito Federal, Municipales y Delegacionales, en lo procedente se regirá por el procedimiento previsto para la elección de la Presidencia y el Comité Ejecutivo Nacional.

 

Capitulo Octavo

De los Comités de Base y los militantes

 

Artículo 44.- Los Comités de Base son instancias integradas por compañeros militantes, que han decidido desarrollar de forma permanente tareas de acción, propaganda, organización y de formación política en algún centro laboral, Ejido, Comunidad, escuela, colonia, calle o población.

 

Artículo 45.-  Los comités editoriales, de artistas o de otra actividad similar, podrán funcionar como Comités de Base.

 

Artículo 46.- Los Comités de Base funcionaran en el marco de las instancias de representación territorial empezando por el nivel municipal.

 

 

Capítulo Noveno

Del Patrimonio y Financiamiento de la OPN

 

Artículo 47.- El patrimonio de la Agrupación se integra con:

I. Las cuotas aprobadas por el Congreso Nacional a cargo de sus militantes y organizaciones adherentes.

II. Los recursos que lícitamente obtenga por cualquier otro título o actividad.

III. Los bienes muebles e inmuebles propiedad de la Organización y los que en el futuro adquiera por cualquier título jurídico.

IV. Las prerrogativas otorgadas por la legislación electoral.

 

Artículo 48.- Los integrantes de la OPN adquieren, desde el momento de su afiliación, el compromiso de contribuir con las cuotas económicas aprobadas por el Congreso Nacional y serán el sustento principal de su funcionamiento, actividad e independencia organizativa.

 

Artículo 49.- El presupuesto Anual de ingresos y egresos de la OPN contemplará los apoyos que se brindarán al Comité Ejecutivo Nacional y Comités Directivos Estatales, del Distrito Federal, Municipales y Delegacionales.

 

Capítulo Decimo

De las Sanciones y medios de Defensa

 

Artículo 50.- La violación del ordenamiento jurídico interno de la OPN por parte de sus militantes, será materia de la Comisión Nacional de Vigilancia, la cual instrumentará el procedimiento correspondiente para determinar si existió o no responsabilidad en cada caso concreto.

 

Artículo 51.- Los integrantes de la OPN serán responsables por sus actos que impliquen violación a los presentes Estatutos; indisciplina o incumplimiento de los acuerdos de los órganos directivos; negligencia o abandono en el ejercicio de sus obligaciones; malversación de fondos; o deslealtad a la Organización.

 

A.- Las sanciones aplicables a los integrantes de la agrupación pueden ser:

I. Amonestación.

II. Suspensión temporal de derechos.

III. Expulsión.

B.- Procede la amonestación:

a) Por inasistencias reiteradas a las reuniones de los órganos de dirección de la OPN, a las reuniones y actos políticos o de carácter público que organice o convoque la OPN.

b) Por negligencia en el desempeño de actividades o comisiones conferidas.

C.- Procede la suspensión temporal de derechos:

a) Por acumular tres amonestaciones.

b) Por indisciplina, que no se considere grave, a las determinaciones de los órganos de gobierno y dirección de la Organización.

c) Por incumplimiento reiterado en el pago de cuotas.

D.- Procede la expulsión:

a) Por atentar contra la unidad de la Organización.

b) Por indisciplina grave respecto de las determinaciones de los órganos de gobierno

c) Por tener una conducta, dentro o fuera de la Organización, que se considere perjudicial a la vida interna, la reputación o buen nombre de la misma.

e) Por disponer ilícitamente de los bienes de la OPN.

 

Artículo 52.- Toda acusación contra algún integrante de la Agrupación, deberá presentarse ante la Comisión Nacional de Vigilancia, la cual resolverá sobre su procedencia.

Admitida una acusación, la Comisión Nacional de Vigilancia citará a la persona acusada para que manifieste lo que a su derecho convenga y ofrezca las pruebas que estime conveniente.

Conocidos los alegatos y pruebas ofrecidas por las partes, la Comisión Nacional de Vigilancia emitirá una resolución debidamente fundada y motivada, absolviendo o imponiendo una sanción al acusado. Dicha resolución será definitiva y sólo podrá ser revocada por el Congreso Nacional.

 

Artículo 53.- Las sanciones a que se refiere este Capítulo serán aplicadas conforme al siguiente criterio:

a. Cuando se trate de integrantes del Comité Ejecutivo Nacional, por el propio Comité.

b. Cuando se trate de integrantes de los Comités Directivos Estatales, del Distrito Federal, Municipales o Delegacionales, por sus propios órganos directivos.

c. Cuando el sujeto posible de sanción sea integrante de un Comité de Base,  por parte del Comité Ejecutivo Nacional.

 

Artículo 54.- La Comisión Nacional de Vigilancia podrá iniciar procedimiento en contra de los integrantes de la Organización, si la denuncia de que se trate se acompaña de los elementos de prueba correspondientes de la presunta responsabilidad. 

 

Artículo 55.- Para hacer valer acciones de responsabilidad en contra de los diversos órganos directivos de la OPN a nivel nacional, estatal o municipal, se requiere de al menos el 10 por ciento del padrón de personas afiliadas del nivel de que se trate.

 

Capítulo Onceavo

De la Disolución y Liquidación de la Agrupación  

Artículo 56.- La Agrupación se disolverá:

 Por acuerdo del Congreso Nacional Extraordinario convocado expresamente para tal efecto y con el voto de las tres cuartas partes de sus miembros.

Artículo 60.- En caso de disolución, el Congreso Nacional designará una Comisión encargada de la liquidación de la OPN, la cual deberá cobrar y pagar las cuentas pendientes a la fecha de la disolución. Si hubiera activo neto, éste será donado a la Universidad Nacional Autónoma de México.

 

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

 

Primero.- Los Reglamentos e instrumentos normativos que generan los presentes Estatutos se aplicarán al ser aprobados por el Comité Ejecutivo Nacional y la Dirección Política Nacional Colectiva.

Destacan entre estos documentos, los Reglamentos de los Congresos Nacionales, Asambleas Nacionales y de las Comisiones Nacionales.

Segundo.- En tanto se constituyen los órganos de dirección de la OPN en las Entidades federativas, el Distrito Federal, los Municipios y las Delegaciones, asumirán esta función los grupos Coordinadores Estatales que existan en cada una de las entidades.

Tercero.- Los requisitos de antigüedad a que se refiere el Artículo 34  de los presentes estatutos no son aplicables para la integración de los órganos de gobierno en el Primer Congreso Nacional Constitutivo y lo serán para el Congreso Ordinario siguiente a realizarse a dos años de existencia de la Agrupación.

Cuarto.- Los presentes Estatutos entrarán en vigor a partir de su aprobación por el Congreso Nacional Constitutivo.